La Dirección de Obras Municipales es la unidad que tiene a su cargo las siguientes funciones generales:
- Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del Plan Regulador Comunal y de las Ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas:
- Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbano-rurales
- Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcción
- Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior
- Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción, y
- Recibirse de las obras ya citadas y autorizar su uso
- Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan
- Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización
- Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizada en la comuna
- Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural
- Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros, y
- En general, aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna
- Cumplir con las demás funciones que la Ley o el Alcalde lo señale
* Quién ejerza la jefatura de esta unidad deberá poseer indistintamente el Título de Arquitecto, de Ingeniero Civil, de Constructor Civil o de Ingeniero Constructor
Las funciones generales de la Dirección de Obras se desglosan en las siguientes funciones específicas relacionadas con obras y vialidad comunal:
- En materia de obras:
- Otorgar permisos de edificación, de obras menores, de subdivisiones y loteos y permisos de urbanización
- Autorizar cambios de destino, la ocupación y trabajos en bienes nacionales de uso público
- Recepcionar obras a las que se les a otorgado permiso municipal y entregarlas para su uso
- Otorgar certificados de informaciones previas, de Línea, Ruralidad, Antiguedad, de Urbanización, de no Expropiación o no Remodelación, de Número y otros
- Fiscalizar las obras en ejecución hasta su recepción definitiva
- Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y de edificación
- Evacuar informes por denuncias y reclamos en el ámbito de la competencia de la Dirección de Obras.
- Elaborar los certificados de números domiciliarios, de línea de edificación, de expropiación de ser procedente, en su caso, de uso de suelo, entre otros
- Sugerir la eventual asignación de nombres a nuevas vías de uso público en la comuna
- Absolver consultas del municipio o externas, sobre las normas legales y técnicas, orientadas a la prevención del deterioro ambiental, sin perjuicio de las facultades de otras unidades en igual sentido.
En materia de Vialidad comunal:
- Ejecutar y dirigir las obras de mejoramiento y mantención de la red vial secundaria y vecinal rural, con cargo al presupuesto municipal.
- Sugerir y coordinar con el Ministerio de Obras Públicas, la mantención de la red vial primaria, secundaria y las obras de defensas fluviales.
- Fiscalizar la extracción de áridos que se realicen en bienes nacionales de uso público. Asimismo, hacer el seguimiento a los proyectos autorizados por el Municipio para la explotación de los mismos.
- Sugerir y coordinar con el Servicio de Vivienda y Urbanismo las obras de inversión anual en materia de vialidad urbana, para la conservación de calzadas.