La Dirección de Obras Municipales es la unidad que tiene a su cargo las siguientes funciones generales:

  1. Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del Plan Regulador Comunal y de las Ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas:
  2. Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbano-rurales
  3. Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcción
  4. Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior
  5. Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción, y
  6. Recibirse de las obras ya citadas y autorizar su uso
  7. Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan
  8. Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización
  9. Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizada en la comuna
  10. Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural
  11. Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros, y
  12. En general, aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna
  13. Cumplir con las demás funciones que la Ley o el Alcalde lo señale

* Quién ejerza la jefatura de esta unidad deberá poseer indistintamente el Título de Arquitecto, de Ingeniero Civil, de Constructor Civil o de Ingeniero Constructor 

Las funciones generales de la Dirección de Obras se desglosan en las siguientes funciones específicas relacionadas con obras y vialidad comunal:

  1. En materia de obras:
  2. Otorgar permisos de edificación, de obras menores, de subdivisiones y loteos y permisos de urbanización
  3. Autorizar cambios de destino, la ocupación y trabajos en bienes nacionales de uso público
  4. Recepcionar obras a las que se les a otorgado permiso municipal y entregarlas para su uso
  5. Otorgar certificados de informaciones previas, de Línea, Ruralidad, Antiguedad, de Urbanización, de no Expropiación o no Remodelación, de Número y otros
  6. Fiscalizar las obras en ejecución hasta su recepción definitiva
  7. Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y de edificación
  8. Evacuar informes por denuncias y reclamos en el ámbito de la competencia de la Dirección de Obras.
  9. Elaborar los certificados de números domiciliarios, de línea de edificación, de expropiación de ser procedente, en su caso, de uso de suelo, entre otros
  10. Sugerir la eventual asignación de nombres a nuevas vías de uso público en la comuna
  11. Absolver consultas del municipio o externas, sobre las normas legales y técnicas, orientadas a la prevención del deterioro ambiental, sin perjuicio de las facultades de otras unidades en igual sentido.

En materia de Vialidad comunal:

  1. Ejecutar y dirigir las obras de mejoramiento y mantención de la red vial secundaria y vecinal rural, con cargo al presupuesto municipal.
  2. Sugerir y coordinar con el Ministerio de Obras Públicas, la mantención de la red vial primaria, secundaria y las obras de defensas fluviales.
  3. Fiscalizar la extracción de áridos que se realicen en bienes nacionales de uso público. Asimismo, hacer el seguimiento a los proyectos autorizados por el Municipio para la explotación de los mismos.
  4. Sugerir y coordinar con el Servicio de Vivienda y Urbanismo las obras de inversión anual en materia de vialidad urbana, para la conservación de calzadas.