A la Dirección de Desarrollo Comunitario le corresponde cumplir las siguientes funciones generales:

  1. Asesorar al Alcalde y al Concejo en la promoción del desarrollo comunitario
  2. Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias, fomentar su desarrollo y legalización, y promover su efectiva participación en el municipio
  3. Proponer y ejecutar, dentro de su ámbito y cuando corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con salud pública, protección del medio ambiente, educación y cultura, capacitación laboral, deporte y recreación, promoción del empleo, fomento productivo local y turismo
  4. Proponer y ejecutar acciones relacionadas con la asistencia social
  5. Proponer y ejecutar acciones para la promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres

La Dirección de Desarrollo Comunitario tiene además las siguientes funciones específicas:

  1. Dar cumplimiento, a través de su acción, al rol social de la municipalidad, a sus objetivos sociales generales y a los programas de desarrollo social comunal
  2. Promover la formación, funcionamiento y coordinación de organizaciones comunitarias, prestándoles asistencia técnica
  3. Participar, según corresponda, en la aplicación de planes, programas y proyectos sobre la materia que deban desarrollar otras entidades públicas y privadas de la comuna
  4. Colaborar con el desarrollo de actividades de orden general de la municipalidad o de otras entidades públicas o privadas, ya sean estas de orden cívico, culturales u otras.
  5. Administrar y ejecutar los programas sociales básicos y los proyectos derivados de éstos y considerados en el área social, la asistencia social y la capacitación social.
  6. Detectar y evaluar las aspiraciones y necesidades de la comunidad y encausar su satisfacción y solución, a través de la formulación de políticas sociales
  7. Prestar asistencia social paliativa en los casos de emergencia
  8. Mantener información actualizada de las organizaciones comunitarias territoriales y funcionales
  9. Proponer planes de capacitación para dirigentes comunitarios y funcionarios municipales respecto de materias que digan relación con los planes sociales del Gobierno y del Municipio.
  10. Cumplir con las demás funciones que la ley o el Alcalde le señale

Para el cumplimiento de sus funciones generales y específicas, la Dirección de Desarrollo Comunitario se estructurará  en los siguientes departamentos:

  1. Departamento Social
  2. Departamento Desarrollo Comunitario
  3. Desarrollo Económico Local
  4. Departamento de Cultura
  5. Departamento de Deportes y Recreación

El Departamento Social tendrá como función general contribuir a la solución de los problemas socio-económicos que afectan a los habitantes de la comuna, procurando las condiciones necesarias que le permitan acceder a una mejor calidad de vida.

Sus funciones  específicas son las siguientes:

  1. Elaborar diagnósticos que permitan identificar, cuantificar y localizar los problemas socio-económicos que afectan a la comunidad, manteniendo registros específicos y actualizados
  2. Administrar los programas de cobertura nacional y elaborar, desarrollar y evaluar proyectos y acciones destinadas a satisfacer las necesidades básicas que afectan a la población de menores recursos.
  3. Coordinar el desarrollo de acciones sociales con otras unidades municipales, con organismos del voluntariado e instituciones públicas y privadas
  4. Hacer difusión y orientar a la comunidad sobre los distintos beneficios de carácter social existentes y los requisitos exigidos para acceder a ellos en coordinación con las demás unidades municipales involucradas.
  5. Elaborar, implementar y ejecutar programas específicos destinados a prevenir y disminuir las patologías sociales coordinando las acciones que ellos involucran con organismos técnicos especializados
  6. Atender y auxiliar transitoriamente situaciones de emergencia o de necesidad manifiestas que afecten a personas o familias de la comuna, organizando y coordinando, con la colaboración de las autoridades correspondientes, las labores de socorro y auxilio que sean necesarios
  7. Mantener y administrar una bodega de elementos que permitan atender a personas o grupos familiares que se encuentran en esto de necesidad manifiesta
  8. Mantener registros de las atenciones y prestaciones proporcionadas, e informar de la labor desarrollada a los superiores que corresponda. 
  9. Proporcionar atención integral a las necesidades de los grupos familiares vulnerables, para lo cual deberá atender programas especiales relacionados con: estratificación social, alimentación complementaria, educación a atención parvularia, viviendas, operativos de atención en terreno, hogares de menores, atención de ancianos, erradicación de campamentos, pensiones asistenciales, subsidios, programas de rehabilitación de alcoholismo, drogadicción y otros.    
  10. Supervisar la ejecución del convenio de asistencia jurídica a los habitantes de la comuna suscrito entre la Municipalidad y la Corporación de Asistencia Judicial de la Región del Bío-Bío.

El Departamento Desarrollo Comunitario tendrá como función general  contribuir al desarrollo económico y social de la población urbana y rural, promoviendo el fortalecimiento de las organizaciones comunitarias y productivas, en pos del mejoramiento de la calidad de vida de sus integrantes.

Su acción se desarrollará a través de las siguientes secciones:

  1. Sección Organizaciones Comunitarias
  2. Sección Medio Ambiente

A la Sección Organizaciones Comunitarias le corresponde las siguientes funciones específicas:

  1. Asesorar a las organizaciones de la comunidad en todas aquellas materias que permitan facilitar su constitución y funcionamiento y la plena aplicación de la Ley sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias 
  2. Promover la organización, participación y desarrollo de los dirigentes y pobladores de cada unidad vecina, de acuerdo a sus propios intereses y necesidades
  3. Elaborar, ejecutar y evaluar programas y proyectos de capacitación de dirigentes sociales.
  4. Detectar las organizaciones comunitarias existentes en la comuna y proceder a la tramitación de la personalidad jurídica, e incentivar la legalización  de las organizaciones que carecen de ella
  5. Llevar un registro público de las directivas de las juntas de vecinos, de las uniones comunales y de las demás organizaciones comunitarias, así mismo, de la ubicación de sus sedes o lugares de funcionamiento
  6. Mantener copia actualizada y autorizada anualmente del registro público de todos los afiliados a las juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias
  7. Administrar y ejecutar los programas sociales básicos de fomento y organización de la comunidad, conforme a la realidad específicas de las distintas unidades vecinas
  8. Asesorar a las juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias para su participación en el programa correspondiente al Fondo de Desarrollo Vecinal
  9. Coordinar los esfuerzos de todas las organizaciones vecinales y vecinos en general, para la solución de sus problemas y transformarse en motores de su propio desarrollo y de la comuna

A la Sección Medio Ambiente le corresponde las siguientes funciones en coordinación con las demás Unidades Municipales involucradas en la materia:

  1. Procurar la protección y el fomento de la salubridad de los habitantes de la comuna, mediante el desarrollo de programas orientados a evitar que las condiciones ambientales modifiquen en forma adversa, el bienestar de los diversos ámbitos de la comuna
  2. Realizar acciones destinadas al saneamiento ambiental y a proteger la salud de la población, de acuerdo a las normas que imparta el Servicio de Salud, referidas principalmente a la detección y control de plagas provenientes de animales domésticos.
  3. Velar por el cumplimiento de las normas, planes y programas que haya impartido o imparta el Ministerio de Salud, relacionado con la materia de su competencia
  4. Elaborar y desarrollar programas de higiene y protección del medio ambiente como así mismo otros programas que tiendan a la prevención, detección y tratamiento de enfermedades contagiosas, en coordinación con entidades privadas y con organismos del Ministerio de Salud
  5. Aplicar, en lo que corresponda, las normas de la Ley 19.300 sobre Bases de Medio Ambiente

 El Departamento de Desarrollo Económico Local tiene a su cargo  las siguientes funciones:

  1. Colaborar con el Alcalde y el Concejo en la elaboración de políticas y acciones destinadas a promover el aumento de fuentes productivas en la comuna
  2. Promover las capacidad de la comunidad local para lograr su desarrollo económico
  3. Mantener un contacto permanente con los sectores empresariales
  4. Administrar y ejecutar los programas sociales referentes a las materias de colocación municipal
  5. Colaborar en la implementación de programas de absorción de mano de obra
  6. Desarrollar programas de capacitación destinados a la inserción laboral de los habitantes de la comuna
  7. Desarrollar programas de capacitación a microempresarios en el área de la producción comercialización
  8. Desarrollar programas y/o proyectos de microemprendimiento con recursos municipales y en convenio con otras entidades públicas o privadas.
  9. Tendrá a su cargo los siguientes programas:
  • PRODER
  • PRODESAL
  • PRODEFOR
  • PRODETUR
  • OMIL
  • OCIC, y
  • Otros

El Departamento de Cultura tiene a su cargo  las siguientes funciones:

  1. Fomentar el conocimiento de los valores culturales dentro y fuera de la comuna y promover las actividades tendientes a darle un carácter propio
  2. Programar actividades y eventos orientados a promover la creación artística, científica y cultural de los habitantes de la comuna
  3. Organizar y promover concursos y talleres literarios, plásticos, musicales y otros similares
  4. Organizar y patrocinar conciertos, recitales, y espectáculos de arte y de promoción y difusión del folclore nacional
  5. Montar exposiciones artísticas y artesanales diversas
  6. Satisfacer las necesidades de información artística, científica y cultural de todos los miembros de la comunidad
  7. Establecer contacto con otras instituciones que desarrollen actividades culturales, tanto a nivel comunal como nacional, con fines de intercambio
  8. Planificar, organizar y dirigir las ceremonias recordatorias de las efemérides patrias y otras que tengan carácter relevante
  9. Propender a la protección y resguardo de los bienes y monumentos nacionales de incidencia comunal

Dependerán del Departamento de Cultura las secciones Biblioteca y Museo Municipal.

A la sección Biblioteca le corresponde las siguientes funciones:

  1. Posibilitar el libre acceso de la población a la cultura acumulada, a la información y la lectura recreativa
  2. Recopilar, conservar y difundir el patrimonio cultural de la humanidad
  3. Proporcionar a los ciudadanos un espacio para expresarse y participar en comunidad
  4. Contribuir a los procesos formales e informales de aprendizaje de los niños y adultos
  5. Disponer de un fondo bibliográfico, complementado con servicios de tecnologías audiovisuales, con una variedad temática acorde con las necesidades cambiantes de sus potenciales clientes
  6. Disponer de un servicio de préstamo en sala y a domicilio, rápido y eficaz con modernas tecnologías para el efecto
  7. Dinamizar el encuentro con los lectores en los sectores donde ellos habitan con servicios de biblioteca itinerante
  8. Establecer relaciones armoniosas y de común provecho con las escuelas de la comuna
  9. Constituir la biblioteca en sede de los proyectos computacionales gratuitos tales como biblio-Redes y Telecentros
  10. Crear una dinámica conectividad con la DIBAM, la Coordinación Regional de Bibliotecas Públicas IX Región y todas la Bibliotecas Públicas del país

A la Sección Museo Municipal le corresponde las siguientes funciones:

  1. Investigar los antecedentes de la historia y la cultura local
  2. Coleccionar los productos culturales relevantes de la comuna
  3. Exhibir los productos culturales identificatorios generales de la comuna en salas apropiadas para el efecto
  4. Coleccionar y exhibir productos de la cultura ancestral, como la cultura mapuche
  5. Identificar con sus obras, a los personajes relevantes de la historia local
  6. Realizar operaciones de rescate, en terreno de los productos culturales locales con su correspondiente crónica
  7. Como institución municipal dedicada a la cultura, relacionarse con los organismos pertinentes a ella en los niveles local, regional y nacional
  8. Montar exposiciones temáticas y generales mostrando las particularidades culturales del país o mundiales (numismática, documentación inédita, mineralogía, filatelia, etc.)
  9. Convertir al Museo en un espacio de aprendizaje cotidiano vinculado a los establecimientos educacionales de la comuna
  10. Transformar el Museo en una atracción turística, merced a su colección y acción interactiva con el visitante
  11. Determinarse por el mérito de su trabajo en uno de los líderes culturales de la comuna

Al Departamento Deportes y Recreación le corresponde las siguientes funciones:

  1. Procurar el desarrollo físico, intelectual y moral de los habitantes de la comuna, por medio del deporte y la recreación
  2. Planificar y desarrollar programas para la participación y realización de actividades deportivas y recreativas en la comuna
  3. Proveer asesoría técnica-deportiva a las distintas organizaciones sociales y comunitarias de la comuna
  4. Elaborar programas de capacitación técnica y práctica que permitan apoyar el desarrollo del deporte en la comuna
  5. Coordinar la participación de otras entidades públicas o privadas para la realización de actividades deportivas en la comuna
  6. Mantener canales de información y comunicación eficientes que posibiliten la oportuna participación de vecinos y de la comunidad en las actividades deportivas y recreativas que se programen
  7. Administrar o supervisar la administración de los recintos deportivos de la municipalidad