La ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la  Administración del Estado, que se aplica en todos sus aspectos a las municipalidades, dispone que “Las decisiones escritas que adopte la Administración se expresarán por medio de actos administrativos”.

Para los efectos de dicha ley se entiende “por acto administrativo las decisiones formales que emitan los órganos de la Administración del Estado en las cuales se contienen declaraciones de voluntad, realizadas en el ejercicio de una potestad pública”. Señala aquella ley que “los actos administrativos tomarán la forma de decretos supremos y resoluciones”. Los decretos supremos corresponden a “la orden escrita que dicta el Presidente de la República o un Ministro “Por orden de Presidente de la República”, sobre asuntos propios de su competencia”. “Las resoluciones son los actos de análoga naturaleza que dictan las autoridades administrativas dotadas de poder de decisión”.

Por lo tanto, en congruencia con aquella ley, la Ley de Municipalidades dispone lo siguiente: “Las resoluciones que adopten las municipalidades se denominarán ordenanzas, reglamentos municipales, decretos alcaldicios o instrucciones”.

Las Ordenanzas son normas generales y obligatorias aplicables a la comunidad. En ellas podrán establecerse multas para los infractores, cuyo monto no excederá de cinco unidades tributarias mensuales, las que serán aplicadas por los juzgados de policía local correspondientes.

Los Reglamentos Municipales son normas generales obligatorias y permanentes, relativas a materias de orden interno de la municipalidad.

Los Decretos Alcaldicios son resoluciones que versan sobre casos particulares

Las Instrucciones son directrices (directivas dice la ley) impartidas a los subalternos.

Cabe señalar que la actual Ordenanza referente a Derechos Municipales por Concesiones, Permisos, Ocupación de Bienes Nacionales de uso público, Propaganda y Otros Servicios, fue aprobada por el Concejo Municipal en la sesión extraordinaria Nº15, celebrada el día 28 de Octubre de 2009, y con Certificado de Aprobación de Secretaría Municipal N°884 con fecha 30 del octubre de 2009.