La Secretaría Comunal de Planificación es una unidad asesora del Alcalde y del Concejo en la elaboración de la estrategia municipal, como asimismo en la definición de las políticas y en la elaboración, coordinación y evaluación de los planes, programas y proyectos de desarrollo Comunal.

La Secretaría Comunal de Planificación deberá cumplir además con las siguientes funciones generales:

  1. Asesorar al Alcalde en la elaboración de los proyectos del Plan Comunal de Desarrollo y del Presupuesto Municipal.
  2. Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y del presupuesto municipal e informar sobre estas materias al Concejo, a lo menos semestralmente.
  3. Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de desarrollo de la comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.
  4. Elaborar las bases generales y específicas según corresponda para los llamados a licitación, previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el reglamento municipal respectivo.
  5. Fomentar vinculaciones de carácter técnico entre las unidades municipales con los servicios públicos y con el sector privado de la comuna.
  6. Recopilar y mantener la información comunal y regional atinente a sus funciones.
  7. Elaborar la política de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en conjunto con la Dirección de Desarrollo Comunitario, la que deberá estar contenida en el Plan de Desarrollo Comunal.
  8. Evaluar los planes, programas y proyectos municipales considerando la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, como criterio de evaluación.
  9. Elaborar, en coordinación con las demás unidades la Cuenta Pública que el Alcalde deberá dar al Concejo, a mas tardar en el mes de abril de cada año, de su gestión anual y de la marcha general de la municipalidad
  10. Proporcionar a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, con la colaboración de la Dirección de Administración y Finanzas, la información que aquella solicite a la Municipalidad de conformidad a la Ley.
  11. Asesorar al Alcalde y al Concejo en la promoción de desarrollo urbano en coordinación con las unidades municipales vinculadas al tema.
  12. Estudiar y elaborar el Plan Regulador Comunal y mantenerlo actualizado, promoviendo las modificaciones que sean necesarias y preparar los planes seccionales para su aplicación, en coordinación con la Dirección de Obras Municipales
  13. Informar técnicamente las proposiciones sobre planificación urbana intercomunal, formuladas a la municipalidad por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, en coordinación con la Dirección de Obras Municipales
  14. Cumplir con las demás funciones que la ley o el Alcalde le señale

Para el cumplimiento de las funciones identificadas en el artículo anterior la Secretaría Comunal de Planificación se estructurará  en el departamento de Informática y Estadísticas  y en las secciones de Planificación Económica y Financiera y Planificación Social.

El Departamento de Informática y Estadísticas tiene la función de elaborar y transformar la información que proporcionan las cifras numéricas, en datos útiles y oportunos para la toma de decisiones de la Secretaría Comunal de Planificación y de las demás unidades municipales, en especial al Administrador Municipal y a la Unidad de Administración y Finanzas. Sus funciones específicas son las siguientes:

  1. Recopilar, procesar y entregar la información estadística comunal, a las unidades que la requieran.
  2. Elaborar toda la información necesaria para la confección del Plan de Desarrollo Comunal, los programas y proyectos municipales.
  3. Interpretar y dar a conocer la información estadística que se le requiera.
  4. Centralizar, recopilar y mantener datos estadísticos nacionales, regionales o comunales, necesarios para la municipalidad, transformándolos en datos útiles para la toma de decisiones.
  5. Diseñar, implementar y mantener al día una base de datos de contratistas, consultores y profesionales.
  6. Elaborar cuadros estadísticos con la información ingresada y procesada por la Secretaría Comunal de Planificación.

La sección Planificación Económica y Financiera tiene como objetivo proyectar la acción financiera de la gestión municipal a través de la formulación de planes, programas y proyectos en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas, y sus funciones son las siguientes:

  1. Estudiar, caracterizar, programar y evaluar el proceso de desarrollo comunal en sus aspectos económicos y presupuestario.
  2. Formular y proponer, en coordinación con la unidad de Administración y Finanzas, los proyectos del plan financiero y presupuestario municipal conforme al plan de desarrollo comunal, de manera que implementen los programas y proyectos que éste contemple en las áreas sociales, físicas, económicas y, en general municipales
  3. Evaluar el cumplimiento del Plan de Desarrollo Comunal en su aspecto Financiero Presupuestario
  4. Supervisar y efectuar el requerimiento presupuestario de las obras y programas en ejecución, en las que se encuentra comprometida la inversión municipal
  5. Diseñar, implementar y mantener archivos de los planes, programas y proyectos elaborados por esta unidad
  6. Procesar la información presupuestaria en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas, para efectos de la evaluación de la ejecución programática.

La Sección de Planificación Social tiene el objetivo de impulsar el desarrollo social de la comuna a través de la elaboración de planes, programas, y proyectos en coordinación con la Dirección de Desarrollo Comunitario. Sus funciones son las siguientes:

  1. Estudiar, caracterizar, programar y evaluar el proceso de desarrollo comunal en sus aspectos sociales
  2. Elaborar y proponer programas y proyectos específicos en el área social comunal
  3. Estudiar y proponer las medidas que se requieren adoptar para impulsar el desarrollo social, tendiente al bienestar general de la población comunal, sin perjuicio de las materias relacionadas con salud, educación y otras, que corresponda a la respectiva unidad.
  4. Tomar conocimiento de todas las acciones y proyectos que preparen o estén aplicando en la comuna, en el área social, los Servicios del Estado y el sector privado, a fin de coordinar las acciones sociales en la comuna
  5. Evaluar el cumplimiento del plan de desarrollo comunal en sus aspectos sociales.
  6. Investigar la realidad social de la comuna, para la elaboración de diagnósticos sociales, confeccionando y diseñando los instrumentos para tales efectos.