Información relevante para la comunidad, respecto al funcionamiento del Juzgado de Policía Local.
Los Juzgados de Policía Local son Tribunales especiales que administran justicia, en conformidad a la competencia establecida en la Ley Nº 15.231 y en aquellas leyes especiales, ordenanzas y decretos en los términos que faculta la Ley.
Están a cargo de un Juez Letrado, que es independiente de toda autoridad municipal, estando directamente sujeto a la supervigilancia directiva, correccional y económica de la respectiva Corte de Apelaciones.
Las principales competencias de los Juzgados de Policía Local son las siguientes:
• Infracciones a la Ley del Tránsito Ley Nº 18.290.-
• Infracciones a la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza.-
• Infracciones a las Ordenanzas Municipales.-
• Infracciones a la Ley de Rentas Municipales Decreto Nº 3.063.-
• Ley de Alcoholes Nº 19.925, consumo alcohol en la vía pública y transitar en estado de ebriedad y otras contravenciones que se establezcan.-
• Infracciones a la Ley de Copropiedad Ley Nº 19.537.-
• Infracciones a la Ley del Consumidor Ley Nº 19.496.-
• Infracciones a la Ley de Votaciones Populares y Escrutinios Ley Nº 18.700 (www.servel.cl)
• Infracciones a la Ley de Vigilantes Privados, Decreto Ley Nº 3.607 Decreto Supremo 1773 y 93.-
• Otras materias establecidas por diversas leyes.-
HORARIO DE ATENCIÓN DE PÚBLICO
Lunes a Viernes de 08:30 a 14:00 horas.-
HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DEL TRIBUNAL
Lunes a Viernes de 08:30 a 14:00 horas y de 15:00 a 17:30 horas.-
HORARIO DE AUDIENCIAS CON EL JUEZ
Lunes, Martes y Jueves de 09:00 a 12:00 horas.-